Micelio

Artículo 1

Ley 2134 de 2021 · por la cual se reconoce el patrimonio cultural material e inmaterial de la nación del pueblo raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, se propone la elaboración de los estudios correspondientes para realizar las declaratorias que correspondan, acorde a los procedimientos vigentes y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reconózcase Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación los saberes, conocimientos ancestrales, técnicas tradicionales y prácticas culturales en su convivencia con el mar y a la arquitectura tradicional del pueblo raizal del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

Parágrafo 1

Los saberes, conocimientos ancestrales y prácticas culturales raizales en su convivencia con el mar comprenden la reunión de saberes, conocimientos ancestrales y prácticas culturales que encuentran, en la convivencia con el mar, su razón de ser. A través de muchas generaciones el pueblo raizal ha transmitido prácticas culturales armónicas con la preservación de especies y con la protección de este medio natural. Si bien se sabe que existen otras expresiones culturales que también forman parte de este patrimonio cultural marino, esta manifestación recoge algunos de esos saberes y prácticas con el fin de facilitar la gestión cultural.

Parágrafo 2

Los espacios verdes o patios comunales o familiares o ‘ the yard ’ o ‘ di yaad ’ son espacios de sociabilidad fundamentales de la cultura Raizal que rodean los inmuebles de la arquitectura tradicional de las islas, hacen parte integral del conjunto arquitectónico tradicional del Pueblo Raizal del Archipiélago y contienen vegetación, árboles, huertas y demás elementos de valor ornamental, ambiental, de seguridad alimentaria y nutricional, paisajístico y espiritual, elementos importantes para la preservación de la Reserva de Biósfera Seaflower.

Parágrafo 3

Para efectos de esta ley, entiéndase por arquitectura tradicional del pueblo raizal del departamento Archipiélago de San Andrés; Providencia y Santa Catalina, el diseño, las edificaciones o inmuebles y monumentos realizados a partir de los saberes y utilización de los oficios tradicionales asociados que representan la cultura ancestral del pueblo Raizal de las islas.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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