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Artículo 2

El Circuito Promiscuo De Cañasgordas Estará Constituido Así: Cañasgordas, Que Será Su Cabecera, Abriaqui Y Peque

Decreto 1117 de 1949 · Por el cual se reglamenta el artículo 7º de la Ley 82 de 1946

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Circuito Promiscuo de Cañasgordas estará constituido así: Cañasgordas, que será su cabecera, Abriaqui y Peque.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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