Micelio

Artículo 2

Ley 27 de 1985 · Por la cual la Nación rinde homenaje a los fundadores de Palmira, se asocia a la conmemoración de los 160 años de su fundación y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Autorízase al Gobierno Nacional para que planifique, construya y desarrolle las siguientes obras en la ciudad de Palmira:

a)

Continuación de la construcción del Centro Administrativo Municipal;

b)

Construcción de una unidad recreacional;

c)

Construcción y dotación del Servicio de Urgencias del Hospital "San Vicente de Paúl";

d)

Terminación del alcantarillado de los barrios, Mirriñao (Segunda etapa) y Sesquicentenario;

e)

Terminación de la ampliación de la Planta Telefónica de la ciudad;

f)

Construcción de un asilo para ancianos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 27 de 1985