Son Funciones De La División De Interpretación Y Doctrina: A) Compilar Las Disposiciones, Conceptos Y Jurisprudencia En El Campo De Acción De La Dirección General De Aduanas Y Del Fondo Rotatorio De Aduanas; B) Estudiar Y Proyectar Conceptos Sobre Los Proyectos De Ley O Decretos Concernientes A Las Actividades Propias De La Dirección General De Aduanas Preparados En Las Respectivas Subdirecciones; C) Elaborar Los Estudios Jurídicos Y Los Proyectos De Actos Que Resuelvan Consultas Sobre Interpretación A La Legislación Aduanera; D) Estudiar Y Proyectar Los Recursos De Apelación Sobre Asuntos De Carácter Disciplinario
Decreto 1644 de 1991 · por el cual se establece la estructura y se determinan las funciones de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
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El texto del artículo
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ARTICULO 6. Son funciones de la División de Interpretación y Doctrina
a)
Compilar las disposiciones, conceptos y jurisprudencia en el campo de acción de la Dirección General de Aduanas y del Fondo Rotatorio de Aduanas;
b)
Estudiar y proyectar conceptos sobre los proyectos de ley o decretos concernientes a las actividades propias de la Dirección General de Aduanas preparados en las respectivas subdirecciones;
c)
Elaborar los estudios jurídicos y los proyectos de actos que resuelvan consultas sobre interpretación a la legislación aduanera;
d)
Estudiar y proyectar los recursos de apelación sobre asuntos de carácter disciplinario.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.