Micelio

Artículo 37

Programas De Prevención Y Tratamiento Por Consumo De Bebidas Alcohólicas

Ley 1816 de 2016 · por la cual se fija el régimen propio del monopolio rentístico de licores destilados, se modifica el impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los departamentos promoverán la creación de programas para la prevención y tratamiento de las adicciones relacionadas con el consumo excesivo y la dependencia de los licores destilados, vinos, aperitivos y similares, para lo cual gestionarán el apoyo de los productores, importadores, distribuidores y comercializadores de dichas bebidas.

Los productores e introductores de licores deberán presentar un plan de responsabilidad social, que contenga estrategias para mitigar los efectos negativos producidos en el departamento por el consumo de los productos producidos o introducidos, en los plazos que determine cada departamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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