Micelio

Artículo 34

El Convenio Andrés Bello De Integración Educativa, Científica Y Cultural De Los Países De La Región Andina Suscrito El 31 De Enero De 1970, Quedará Derogado A La Entrada En Vigor Del Presente Convenio, Pasando Automáticamente A La Organización Todos Los Bienes, Derechos Y Obligaciones Adquiridas En Virtud De Aquel

Decreto 83 de 1996 · por el cual se promulga la "Organización del Convenio Andrés Bello de Integración Educativa, Científica, Tecnológica y Cultural" hecho en Madrid el 27 de noviembre de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Convenio Andrés Bello de Integración Educativa, Científica y Cultural de los Países de la Región Andina suscrito el 31 de enero de 1970, quedará derogado a la entrada en vigor del presente Convenio, pasando automáticamente a la Organización todos los bienes, derechos y obligaciones adquiridas en virtud de aquel.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 83 de 1996