Micelio

Artículo 8

Decreto 3123 de 1968 · por el cual se reorganiza el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo octavo. Son funciones del Consejo Directivo Nacional: a) Elegir el Vicepresidente del Consejo para períodos de seis (6) meses. b) Formular la política general y los planes y programas de la entidad. c) Adoptar los estatutos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca y someterlos a la aprobación del Gobierno. d) Controlar el funcionamiento general de la organización, verificar su conformidad con la política adoptada y crear los mecanismos necesarios para el logro de estos objetivos. e) Aprobar la organización de la Carrera Administrativa de los funcionarios del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), estableciendo requisitos para el ingreso, preferentemente mediante concursos, garantizando la estabilidad y los ascensos con fundamento en la competencia, el rendimiento y las cualidades morales de los mismos. f) Autorizar o aprobar todo acto o contrato cuya cuantía exceda de doscientos mil pesos ($200.000,00). g) Aprobar o improbar las propuestas del Director General sobre las siguientes materias

1.

Los sistemas y normas que deben ser seguidos por el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) en los campos de la selección, orientación, promoción y formación profesional de los trabajadores.

2.

La creación, integración y supresión de unidades regionales.

3.

La organización interna de la entidad y la creación de los cargos de la Dirección General y de las Regionales y la determinación de todas las asignaciones conforme a las disposiciones legales sobre la materia.

4.

La relación de oficios que requieran formación profesional metódica y completa y que, por consiguiente deberán ser materia de contrato de aprendizaje, y someterla a la aprobación del Ministerio del Trabajo.

5.

El programa de becas para los funcionarios del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) y la asignación a éstos y a los trabajadores de las empresas, de las becas que ofrezcan otros organismos.

6.

El presupuesto anual de la entidad. h) Proponer candidatos al Gobierno, entre personas vinculadas al Sena, para que lleven la representación del país en las Conferencias o Seminarios Internacionales sobre empleo y formación profesional. i) Designar comisiones de asesoría técnica. j) Servir de órgano asesor del Gobierno Nacional, a través del Ministerio del Trabajo, en todo lo relacionado con la promoción y la formación profesional de los recursos humanos, para ajustar estos programas a los planes de la política nacional de empleo. k) Dictar su propio reglamento. l) Las demás que le señale la ley. Del Director general.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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