Orden de convocatoria por la Superintendencia de Sociedades. Los interesados podrán solicitar a la Superintendencia de Sociedades que ordene a los obligados a realizar una convocatoria del máximo órgano social o hacerla directamente, cuando las sociedades no se encuentren sometidas a la supervisión de otra Entidad que cuente con la facultad de ordenar o convocar la reunión del máximo órgano social. Para estos efectos, se aplicarán las siguientes reglas:
Artículo 3.5
Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.