º . El Instituto Colombiano de Comercio Exterior, Incomex, distribuirá el cupo trimestral conforme a las siguientes reglas
El noventa y tres por ciento (93%) de dicho cupo se distribuirá entre los exportadores que hubieren exportado como mínimo quinientas toneladas métricas (500 TM) de banano fresco a países miembros de la Unión Europea, en el período 1990-1993, en forma proporcional a la participación individual del exportador dentro del total de las exportaciones colombianas de banano a la Unión Europea durante dicho período, sin tomar en cuenta aquellas exportaciones que no hubieren cumplido con el mínimo aquí indicado.
El siete por ciento (7%) restante se distribuirá proporcionalmente entre los demás exportadores, de acuerdo a las cantidades individuales necesarias para atender su capacidad exportadora a la Unión Europea, tomando en cuenta un período reciente; y entre las asociaciones representativas de productores independientes, para que éstas las distribuyan entre sus afiliados, en forma proporcional a la participación de cada uno dentro de la producción total que represente la asociación. Las asociaciones de productores y sus afiliados podrán utilizar el cupo asignado para exportar en forma directa a la Unión Europea, o a través de cualquier exportador que libremente escojan.