Artículo primero. Adiciónase la leyenda de la apropiación asignada en el Capítulo 104, artículo 1104 "para los aeródromos de Cimitarra y Sumapaz, reintegro por inversiones hechas por el Instituto de Colonización e Inmigración", así: "y para gastos de conservación, administración y mantenimiento de aeródromos nacionales, en el año", que se atenderán con cargo a dicha partida mientras se organiza la Empresa Colombiana de Aeródromos, creada por el Decreto legislativo número 3269 de 1954.
Artículo 1104
"para Los Aeródromos De Cimitarra Y Sumapaz, Reintegro Por Inversiones Hechas Por El Instituto De Colonización E Inmigración", Así: "y Para Gastos De Conservación, Administración Y Mantenimiento De Aeródromos Nacionales, En El Año", Que Se Atenderán Con Cargo A Dicha Partida Mientras Se Organiza La Empresa Colombiana De Aeródromos, Creada Por El Decreto Legislativo Número 3269 De 1954
Decreto 175 de 1955 · Por el cual se adiciona la leyenda de la apropiación asignada en el Capítulo 104, artículo 1164 del Decreto 3589 de 1954, para gastos del Ministerio de Obras Públicas en el presente año
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.