Artículo 5°
Para los efectos de esta ley, queda reformado el artículo 144 del Código Judicial.
Ley 120 de 1937 · Por la cual se dictan algunas disposiciones en el ramo de Higiene
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo 5°
Para los efectos de esta ley, queda reformado el artículo 144 del Código Judicial.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.