Micelio

Artículo 2

Ley 1 de 1972 · LEY 1 DE 1972, 08/02/1972, Por la cual se dicta un estatuto especial para el Archipiélago de San Andrés y Providencia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El territorio de la Intendencia Especial, estará constituída por las Islas de San Andrés y Providencia, Santa Catalina y demás islas, islotes, cayos y arrecifes que configuran la actual Intendencia de San Andrés y Providencia. Su capital será la ciudad de San Andrés.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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