Si La Solicitud De Renovación Se Hallare Completa, La Sub-División De Drogas, Alimentos Y Cosméticos Determinará, Con Base En Los Estudios Científicos Que Existan Sobre La Materia, Los Siguientes: A) Si Los Ingredientes Del Producto O Alguno De Ellos No Son Terapéuticamente Eficaces; B) Si Carecen De La Eficacia Terapéutica Requerida Para Las Indicaciones Concedidas En La Licencia; C) Si Han Sido Rechazados Por Las Farmacopeas Aceptadas; Y D) Si Son Perjudiciales Para La Salud
Decreto 2228 de 1962 · Por el cual se reglamenta la fabricación, importación y venta de drogas, alimentos con indicaciones terapéuticas y cosméticos; se fija el valor de los derechos de análisis o de estudio para su licenciamiento, y se dictan otras disposiciones (segunda publicación, por haberse agotado la edición del diario oficial 30877 del 18 de agosto de 1962, donde apareció originalmente)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Si la solicitud de renovación se hallare completa, la Sub-División de Drogas, Alimentos y Cosméticos determinará, con base en los estudios científicos que existan sobre la materia, los siguientes
a)
Si los ingredientes del producto o alguno de ellos no son terapéuticamente eficaces;
b)
Si carecen de la eficacia terapéutica requerida para las indicaciones concedidas en la licencia;
c)
Si han sido rechazados por las Farmacopeas aceptadas; y
d)
Si son perjudiciales para la salud. Si el concepto fuere desfavorable, se dará traslado de él al solicitante por el término de treinta (30) días, prorrogables a petición de parte.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.