Serán deberes especiales de los asociados:
Adquirir conocimiento sobre los principios básicos del cooperativismo, características del acuerdo cooperativo y estatutos que rigen la entidad.
Cumplir las obligaciones derivadas del acuerdo cooperativo.
Aceptar y cumplir las decisiones de los órganos de administración y vigilancia.
Comportarse solidariamente en sus relaciones con la cooperativa y con los asociados de las misma, y
Abstenerse de efectuar actos o de incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica o el prestigio social de la cooperativa.