Tribunal Médico-Laboral de revisión, Militar o de Policía. - El Tribunal Médico de Revisión es la máxima autoridad en materia médico militar y policial, como tal conoce en última instancia de las reclamaciones que surjan por razón de la calificación de la capacidad laboral y de la clasificación de las lesiones o afecciones del personal de que trata el presente Decreto. Estará integrado por
El Médico del Departamento 4 del estado mayor Conjunto.
Los Jefes de sanidad de las Fuerzas Militares y de la policía nacional, si fueren médicos o por los profesionales médicos del respectivo servicio que ellos designen, si no lo fueren, caso en el cual ésta designación debe recaer en persona distinta del Jefe de la respectiva Sección Científica.
Por un Fiscal Médico
Por un Asesor Jurídico. El Fiscal Médico y el Asesor Jurídico serán designados por el Comando General de las Fuerzas Militares y tendrán voz pero no voto. TITULO QUINTO De las normas de procedimiento