Micelio

Artículo 13

Del Acuerdo Número 107

Decreto 1820 de 1980 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 124 de 1980, de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales que modifica la plata de personal de la Seccional de Antioquia con modificaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

del Acuerdo número 107 .de 1980, por el cual se crean unos empleos en la Seccional de Antioquia para el Centro de Atención de Rio negro, de la Unidad Programática Zonal 07 Occidente, en los siguientes términos: Créanse en la Planta de Personal de la. Seccional de Antioquia, los ¡siguientes .empleos en el Centro de Atención de Rio negro, de la Unidad Programática, Zonal 07 Occidente para las localidades de Rio negro, El Retiro y Marinilla. Así mismo se suprimen y crean en esta misma Planta, los Empleas que a continuación se indican, así: Suprimir los siguientes empleos: Dependencia N° de cargos. Denominación Dedicación Clase Grado Atención Básica. Equipo de Cuidado Médico 3 Médico General: Parcial (6 horas) 36 2 Auxiliar de Servicios Asistenciales i Enfermería) : Completa II 13 b) Crear los siguientes empleos: Dependencia N° de cargos. Denominación Dedicación Clase Grado Atención Básica y de Urgencias. 2 Médico General: Parcial (4 horas). 36 8 Médico General: Completa 36 1 Médico General: Parcial (6 horas) 36 9 Auxiliar de Servicios Asistenciales (Enfermería): Completa II 13 Equipo de Cuidado Odontológico. 2 Odontólogo General: Parcial (4 horas) 36 1 Auxiliar de Servicios Asistenciales (Odontología): Completa II 13 Cooperación Asistencial. 2 Auxiliar de Servicios Asistenciales. (Enfermería): Completa II 13 1 Auxiliar de Servicios/Asistenciales (Farmacia): Completa II 13 Soporte Administrativo 3 Conductor Ambulancia: Completa I 13 1 Portero: Completa. I 9 2 Celador: Completa I 9 2 Ayudante dé Servicios Generales Completa. I 8 Adicionar dicho artículo con el siguiente

Parágrafo

Parágrafo 3

Los médicos generales atenderán a los beneficiarios de manera integral, esta atención comprende además de la consulta médica general, la atención de urgencias, los partos y el control de los beneficiarios hospitalizados en la localidad. Artículo. 15. Modificar parcialmente el

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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