Micelio

Artículo 1

Decreto 333 de 1992 · por el cual se declara el Estado de Emergencia Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Con el fin de conjurar la situación a que hace referencia la parte motiva del presente Decreto, declárase el Estado de Emergencia Social en todo el territorio nacional, desde la fecha de vigencia del presente Decreto, y hasta las cero (0:00) horas del día martes 25 de febrero del año en curso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 333 de 1992