Micelio

Artículo 1

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Decreto 496 de 1982 · DECRETO 496 DE 1982, 22/02/1982, por el cual se concede una autorización.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . Autorízase al Ministro de Hacienda y Crédito Público para que, a nombre del Gobierno Nacional, gestione empréstitos externos hasta por la suma de veintiún millones quinientos cuarenta mil francos franceses ($ F. F. 21.540.000) o su equivalente en otras monedas, en las siguientes condiciones

a)

La suma de F. F. 18.309.000 con un plazo mínimo de nueve (9) años, incluido un período de gracia de dos (2) años, para su total amortización, interés máximo de siete tres cuartos por ciento (7 ¾%) anual sobre saldos deudores y demás gastos, comisiones y primas de seguro propias de esta clase de operaciones;

b)

La suma de F. F. 3.231.000 con un plano mínimo de diez (10) años, incluido un período de gracia de cuatro (4) años, para su total amortización, interés máximo sobre saldos deudores de tres cuartos por ciento (3/4%) anual sobre la tasa interbancaria de Londres para depósitos en euro-divisas y demás gastos y comisiones propios de esta clase de operaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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