Instalación de hidrantes públicos. Los hidrantes públicos serán instalados oficiosamente por la entidad o a solicitud de interesadas. Es potestativo de la entidad señalar la ubicación, especificaciones y forma de conexión de los hidrantes públicos. Cuando un suscriptor o usuario solicite la instalación de un hidrante público, los costos de las obras requeridas correrán por su cuenta.
Decreto 951 de 1989 →Vigente
Artículo 87
Instalación De Hidrantes Públicos
Decreto 951 de 1989 · DECRETO 951 DE 1989, 04/05/1989, Por el cual se establece el reglamento general para la prestación de los servicios de acueducto y de alcantarillado en todo el territorio nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.