Control y critica de la facturación. La entidad deberá estructurar mecanismos eficientes que permitan someter su facturación a un proceso de crítica o revisión previa. Dicha crítica deberá comparar el consumo registrado con el promedio de consumo normal del usuario. En caso de presentarse un consumo anormal, la entidad deberá proceder a investigar la razón de ello y a corregir los errores de facturación que se detecten antes de enviar al usuario la factura correspondiente. La entidad definirá un procedimiento de crítica de la facturación y lo someterá a la aprobación de la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos. La investigación de los consumos anormales no deberá reducirse únicamente a la lectura del medidor.
Decreto 951 de 1989 →Vigente
Artículo 60
Control Y Critica De La Facturación
Decreto 951 de 1989 · DECRETO 951 DE 1989, 04/05/1989, Por el cual se establece el reglamento general para la prestación de los servicios de acueducto y de alcantarillado en todo el territorio nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.