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Artículo 28

La Conexión Para Servicios Ocasionales

Decreto 951 de 1989 · DECRETO 951 DE 1989, 04/05/1989, Por el cual se establece el reglamento general para la prestación de los servicios de acueducto y de alcantarillado en todo el territorio nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La conexión para servicios ocasionales. Para el suministro de un servicio ocasional es requisito que el interesado cancele anticipadamente el valor de las obras necesarias. Será potestativo de la entidad el cobro anticipado de los consumos estimados durante el plazo solicitado. En caso de efectuarse el cobro anticipado, la entidad deberá reembolsar al usuario el saldo que resultare a favor de éste al término de la prestación del servicio o, en su defecto, cobrará el saldo a su favor. SECCION TERCERA. ACOMETIDAS Y MEDIDORES.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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