Utilización de las redes. Los particulares no pueden utilizar las redes públicas o aquellas entregadas a la empresa para su administración, ni realizar obras sobre éstas, salvo con autorización expresa de la entidad. En todo caso, la entidad, podrá realizar extensiones, derivaciones, modificaciones u otro tipo de trabajo en las redes de acueducto o de alcantarillado recibidas de terceros.
Decreto 951 de 1989 →Vigente
Artículo 17
Utilización De Las Redes
Decreto 951 de 1989 · DECRETO 951 DE 1989, 04/05/1989, Por el cual se establece el reglamento general para la prestación de los servicios de acueducto y de alcantarillado en todo el territorio nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.