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Artículo 11

Supresión De Los Servicios

Decreto 951 de 1989 · DECRETO 951 DE 1989, 04/05/1989, Por el cual se establece el reglamento general para la prestación de los servicios de acueducto y de alcantarillado en todo el territorio nacional.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Supresión de los servicios. La entidad podrá suspender la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado por fuerza mayor o caso fortuito, así como por reparaciones, mantenimiento y ampliación de las redes, así como por las causas previstas en los artículos 111 y 114 del presente Decreto. La entidad queda exonerada de toda responsabilidad como consecuencia de suspensión, cuando ésta se realice con estricta sujeción a las normas establecidas en el presente reglamento. CAPITULO III. REDES MATRICES Y LOCALES, ASPECTOS TECNICOS.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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