Acceso físico a los servicios. Los servicios de acueducto y de alcantarillado se suministrarán única y exclusivamente por intermedio de acometidas autorizadas por la entidad. Los inmuebles que tengan linderos sobre calle o vía provista con alcantarillado público deberán conectarse al sistema de alcantarillado.
Decreto 951 de 1989 →Vigente
Artículo 8
Acceso Físico A Los Servicios
Decreto 951 de 1989 · DECRETO 951 DE 1989, 04/05/1989, Por el cual se establece el reglamento general para la prestación de los servicios de acueducto y de alcantarillado en todo el territorio nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.