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Artículo 1

Glosario

Decreto 951 de 1989 · DECRETO 951 DE 1989, 04/05/1989, Por el cual se establece el reglamento general para la prestación de los servicios de acueducto y de alcantarillado en todo el territorio nacional.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Glosario. Para la aplicación del presente reglamento se definen los siguientes conceptos: Acometida de acueducto . Derivación de la red local de acueducto que llega hasta el registro de corte en el inmueble. En edificios de propiedad horizontal o condominios la acometida llega hasta el registro de corte general. Acometida de alcantarillado . Derivación que parte de la caja de inspección y llega hasta el colector de la red local de alcantarillado. Acometida clandestina o fraudulenta . Acometida de acueducto o alcantarillado no autorizada por la entidad. Aguas residuales . Aguas servidas provenientes de los inmuebles. Asentamiento subnormal . Es aquel que no ha sido desarrollado por urbanizador responsable y cuya infraestructura de servicios presenta serias deficiencias por no estar integrada totalmente a la estructura formal urbana y en el cual las familias viven, generalmente, en condiciones de pobreza crítica. Caja de inspección domiciliaria de alcantarillado . Cámara ubicada en el límite de la red pública y la privada que recoge las aguas residuales solas o mezcladas con aguas lluvias provenientes de un inmueble. Cámara del medidor (cajilla de registro) . Cámara o caja, colocada generalmente en propiedad pública o a la entrada de un inmueble, en la cual se hace el enlace entre la acometida y la instalación interna y en la que se instala el medidor y sus accesorios. Caracterización de las aguas residuales. Determinación de la cantidad y características físicas, químicas y biológicas de las aguas residuales. Consumo . Cantidad de metros cúbicos de agua recibida por el usuario en un período determinado. Consumo anormal . Consumo que se encuentra por fuera de los parámetros establecidos por la entidad para el consumo normal. Consumo estimado. Consumo calculado a partir del consumo medido, dividido por el número de días del período de lectura y multiplicado por treinta días si la lectura es mensual o por sesenta días si es bimestral. Consumo facturado. Consumo liquidado y cobrado al usuario. Consumo medido . Consumo determinado con base en la diferencia entre el registro actual del medidor y el registro anterior. Consumo normal . Es el que se encuentra dentro de parámetros de consumo corriente técnicamente reconocidos, determinados previamente por la entidad con base en el patrón de consumo histórico de cada usuario. Consumo promedio. Consumo determinado con base en el consumo histórico normal del usuario en los últimos seis períodos de facturación. Contrato de servicio. Convenio escrito celebrado entre el suscriptor y la entidad para el suministro del servicio de acueducto o de alcantarillado. Corte del servicio de acueducto. Pérdida del derecho al servicio de acueducto que implica retiro de la acometida y del medidor. Derivación fraudulenta. Conexión realizada a partir de una red interna o de los tanques de un inmueble independiente que no ha sido autorizada por la entidad. Descarga accidental. Vertimiento no intencional que supera las limitaciones establecidas por la autoridad competente para los vertimientos líquidos. Desecho doméstico. Descarga líquida al sistema de alcantarillado cuyas características físicas y químicas son las propias del uso residencial. Diámetro de acometida. Diámetro del punto de empalme de la red domiciliaria con la red local. Distrito sanitario. Parte del área del municipio o municipios que por razones técnicas, económicas, sociales o administrativas señale la autoridad competente o la entidad para efectos de la prestación del servicio. EMAR. Entidad Encargada del Manejo y Administración del Recurso Agua, en los términos del artículo 3o del Decreto 1594 de 1984. Entidad . Persona natural o jurídica, pública o privada responsable de la prestación de los servicios de acueducto o alcantarillado. Estratificación socioeconómica . Clasificación de las viviendas de acuerdo con las características de construcción de las mismas y de la disponibilidad de vías de comunicación, medios de transporte, servicios públicos y demás parámetros adoptados por el Departamento Nacional de Estadística, DANE, o por la autoridad competente. Estrato socioeconómico. Nivel de clasificación de un inmueble como resultado del proceso de estratificación socioeconómica. Factura. Documento expedido por la entidad en la cual constan los valores que debe pagar el usuario por la prestación del servicio de acueducto y de alcantarillado durante un período determinado, así como el valor de otros cargos autorizados. Facturación. Conjunto de actividades que se realizan para producir la factura, el cual incluye lectura, determinación de consumos, revisión previa, liquidación de consumos, elaboración de la factura y entrega de la misma. Fuga imperceptible . Volumen de agua que se escapa a través de las instalaciones internas de un inmueble detectables solamente mediante instrumentos apropiados, tales como geófonos. Fuga perceptible . Volumen de agua que se escapa a través de las instalaciones interiores de un inmueble y detectable directamente por los sentidos. Hidratante público. Elemento conectado con el sistema de acueducto que permite la adaptación de mangueras especiales utilizadas en extinción de incendios. Independización del servicio. Nuevas acometidas que hace la entidad para atender el servicio de una o varias unidades segregadas de un inmueble. Inquilinato. Edificación de los estratos socioeconómicos "bajo-bajo", "bajo" o "medio-bajo" con una entrada común desde la calle, que aloja tres o más hogares que comparten los servicios. Instalación domiciliaria del inmueble. Sistema formado por las instalaciones internas de acueducto o alcantarillado del inmueble. Instalaciones internas de acueducto del inmueble . Conjunto de tuberías, accesorios y equipos que integran el sistema de abastecimiento de agua del inmueble a partir del medidor. Para edificios de propiedad horizontal o condominios, es aquel sistema de abastecimiento de agua del inmueble a partir del registro de corte general cuando lo hubiere. Instalaciones internas de alcantarillado del inmueble . Conjunto de tuberías, accesorios y equipos que integran el sistema de evacuación y ventilación de los residuos líquidos del inmueble hasta la caja de inspección que se conecta a la red local de alcantarillado. Lectura . Registro de consumo, en metros cúbicos, que marca el medidor. Limitador de flujo. Dispositivo mecánico que regula el volumen de flujo. Manual para la construcción de redes locales y domiciliarias. Instructivo elaborado por la entidad para el diseño y construcción de las instalaciones internas de acueducto y alcantarillado de un inmueble. Medidor. Dispositivo mecánico que mide el consumo de agua. Medidor colectivo. Dispositivo mecánico que mide el consumo de más de una unidad habitacional, o no residencial independiente que no tiene medición individual. Medidor general. Dispositivo mecánico que mide el consumo total en edificios y urbanizaciones multifamiliares cerradas, con medición individual. Medidor individual. Dispositivo mecánico que mide el consumo de una unidad habitacional o de una unidad no residencial. Normas para el diseño y construcción de acueductos y alcantarillados . Reglamentaciones expedidas por la entidad que regulan el diseño y construcción de las redes de distribución de acueducto y de alcantarillado. Periodo de facturación . Lapso entre dos lecturas consecutivas del medidor de un inmueble. Pila pública . Fuente de agua colocada por la entidad, de manera temporal, para el abastecimiento colectivo en zonas urbanas distantes de la red local de acueducto, siempre que se dificulte la instalación de redes domiciliarias. Racionamiento. Suspensión temporal y colectiva del servicio de acueducto por razones de escasez de agua o reparaciones en el sistema. Recargo . Sobrecosto por la falta de pago oportuno de las facturas. Reconexión. Restablecimiento del servicio de acueducto a un inmueble al cual se le había suspendido. Reinstalación. Restablecimiento del servicio de acueducto a un inmueble al cual le había sido cortado. Red local de acueducto . Conjunto de tuberías que conforman el sistema de distribución de agua de una comunidad y del cual se derivan las acometidas de acueducto de los inmuebles. Red local de alcantarillado. Conjunto de tuberías y canales que conforman el sistema de evacuación de las aguas residuales de una comunidad y al cual desembocan las acometidas de alcantarillado de los inmuebles. Red pública. Conjunto de redes matrices y locales que conforman el sistema de acueducto y alcantarillado. Registro de corte (llave de corte). Dispositivo de suspensión del servicio de acueducto de un inmueble situado en la cámara del medidor. Revisión previa. Conjunto de actividades y procedimientos que realiza la entidad para detectar consumos anormales según el patrón de consumo histórico normal de cada usuario. Servicio no residencial. Es el destinado a satisfacer las necesidades de los establecimientos industriales, comerciales, oficiales y, en general, de todos aquellos que no sean clasificables como residenciales. Servicio residencial . Es el destinado a satisfacer las necesidades de hogares o núcleos familiares, incluyendo los consumos de las áreas comunes de los conjuntos habitacionales. Sistema de acueducto . Conjunto de obras equipos y materiales empleados por la entidad para la captación, conducción, tratamiento, almacenamiento y distribución de agua. Sistema de alcantarillado. Conjunto de obras, equipos y materiales empleados por la entidad para la recolección, transporte, tratamiento y evacuación de los residuos líquidos desde la fuente productora hasta el sitio de disposición final. Suscriptor . Persona natural o jurídica responsable del inmueble al cual se le presta el servicio de acueducto o alcantarillado, sea o no su propietario. Suspensión del servicio de acueducto . Interrupción temporal del servicio por la falta de pago oportuno o por otras causas previstas en este Decreto. Unidad habitacional. Apartamento o casa de vivienda independiente con acceso a la vía pública o a las zonas comunes del conjunto multifamiliar. Urbanización cerrada. Conjunto de inmuebles con acceso público controlado y restringido. Urbanizador responsable. Persona natural o jurídica autorizada para desarrollar un plan urbanístico. Usuario . Persona natural o jurídica que ocupa el inmueble y que hace uso del servicio de acueducto o de alcantarillado. CAPITULO II. DISPOSICIONES GENERALES.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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