Los jefes de los organismos y entidades sujetos al control, con fundamento en el análisis de costos de los programas, deben organizar sus métodos y procedimientos administrativos, de tal manera que éstos permitan ejercer un control interno. Para tal efecto, los organismos y entidades deben coordinar con la Dirección General del Presupuesto y el Departamento Nacional de Planeación, los procedimientos de verificación y cumplimiento de los objetivos previstos en las Planes y Programas de Desarrollo y en la Ley Anual del Presupuesto General de la Nación.
Decreto 3077 de 1989 →Vigente
Artículo 56
Los Jefes De Los Organismos Y Entidades Sujetos Al Control, Con Fundamento En El
Decreto 3077 de 1989 · DECRETO 3077 DE 1989, 29/12/1989, Por el cual se determinan los procedimientos y se reglamentan la Ley Normativa del Presupuesto General de la Nación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.