Los jefes de los organismos podrán hacer solicitudes al Ministerio de Hacienda y Crédito Público --Dirección General del Presupuesto-- de apertura de créditos suplementales o extraordinarios, las cuales deben estar sustentadas con la Información que a continuación se señala
Justificación económica, en la que se informe los costos y características del gasto necesario para atender las obras o actividades propuestas y el fundamento del recurso que se propone como fuente de financiación. Los proyectos de inversión que formen parte del Plan Operativo Anual de Inversión que se propongan, deberán tener el concepto previo y favorable del Departamento Nacional de Planeación;
Si el crédito adicional solicitado se origina en la cancelación de reservas, se Indicarán las causas del no pago del pasivo durante el año de su constitución.