El presupuesto de gastos o ley de apropiaciones se presentará al Congreso con la clasificación que a continuación se describe
SECCIONES PRINCIPALES. Constituidas por los organismos que forman parte de cada una de las Ramas del Poder Público, el Ministerio Público, la Contraloría General de la República, la Registraduría Nacional del Estado Civil, la Policía Nacional y el Servicio de la Deuda Pública Nacional;
SECCIONES. Constituidas por las entidades adscritas y vinculadas a los organismos que forman parte de la Rama Ejecutiva;
NUMERALES. Comprenderán las apropiaciones para los gastos totales de cada sección, por concepto de servicios personales, gastos generales, transferencias, gastos de operación y el servicio de la deuda pública Interna y externa de la Nación y la atendida directamente por los establecimientos públicos. El servicio de la deuda nacional se distribuirá en artículos conforme a la siguiente clasificación: Para la deuda externa en banca comercial, banca de fomento, gobiernos, banca multilateral, proveedores, Fodex, gastos e imprevistos. Para la deuda interna en Banco de la República, sector financiero, otros y gastos e imprevistos;
PROGRAMAS. Constituidos por las apropiaciones destinadas a actividades homogéneas en un sector de acción económica, social, financiera o administrativa las metas fijadas por el Gobierno Nacional, a través de la integración de esfuerzos con recursos humanos, materiales y financieros asignados;
SUBPROGRAMAS. Comprenden las apropiaciones destinadas a divisiones de los programas, para facilitar la ejecución en un campo especifico en virtud del cual, se fijan metas parciales que se cumplen mediante acciones concretas que realizan determinados organismos y entidades.