Micelio

Artículo 34

Decreto 3046 de 1989 · DECRETO 3046 DE 1989, 29/12/1989, por el cual se dictan disposiciones sobre el manejo del Tesoro Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Tesorería General de la República, efectuará un seguimiento encaminado a verificar con los organismos y entidades

1.

La existencia de saldos sobrantes de recursos de la Nación de vigencias fiscales anteriores, susceptibles de ser reintegrados; y

2.

El manejo y reporte de información del recaudo de los ingresos propios de los establecimientos públicos nacionales con destino a la Cuenta Unica Nacional. Lo anterior sin perjuicio de las actuaciones que le corresponda adelantar a la Dirección General del Presupuesto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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