Micelio

Artículo 31

Decreto 3046 de 1989 · DECRETO 3046 DE 1989, 29/12/1989, por el cual se dictan disposiciones sobre el manejo del Tesoro Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las modificaciones a los acuerdos de gastos que requieran devolución de fondos o anulación de exigibilidades correspondientes a la vigencia fiscal que curso, serán solicitadas por el respectivo organismo a la Dirección General del Presupuesto por intermedio de la Tesorería General de la República, quien certificará la devolución de los fondos o la no situación de éstos. Una vez aprobada la modificación al Acuerdo de Gastos, la Dirección General del Presupuesto la comunicará a la Tesorería General de la República, a la Contraloría General de la República y a los organismos y entidades para efectos de la contabilización fiscal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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