La Tesorería General de la República se encargará directamente de situar fondos en desarrollo de las apropiaciones presupuestales, para atender los siguientes conceptos de gastos con recursos de, la Nación, los cuales se colocarán a su destinatario final, así
Los pagos por concepto del servicio de la deuda pública nacional.
Las cuotas o aportes a instituciones internacionales de todos los organismos que deban girarse al exterior en moneda extranjera.
Los pagos que por concepto del servicio de la deuda externa deban realizar los establecimientos públicos nacionales con recursos de la Nación, incluidos en el Presupuesto General de la Nación. El pago de estas exigibilidades se efectuará directamente por la Tesorería General de la República, de acuerdo con el documento de instrucción de pago que para el efecto elaboren la Dirección General del Crédito Público en lo que corresponda al pago del servicio de la deuda pública y las demás entidades ejecutoras de estos gastos oficiales. La situación de los fondos en el exterior, se hará a través del Banco de la República.