Micelio

Artículo 23

Decreto 3046 de 1989 · DECRETO 3046 DE 1989, 29/12/1989, por el cual se dictan disposiciones sobre el manejo del Tesoro Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La inversión transitoria de los excedentes de liquidez de que trata el artículo anterior, deberá efectuarse en entidades bancarias oficiales y contar con la aprobación previa y expresa de la Tesorería General de la República, que exigirá a la entidad interesada presentar con la solicitud respectiva, certificación expedida por la Dirección General de Crédito Público, sobre el cumplimiento de las inversiones con títulos de deuda de la Nación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3046 de 1989