Micelio

Artículo 6

Decreto 3046 de 1989 · DECRETO 3046 DE 1989, 29/12/1989, por el cual se dictan disposiciones sobre el manejo del Tesoro Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . A partir de la vigencia fiscal de 1990, la utilización por el Gobierno Nacional del cupo especial de crédito de que trata el artículo 80 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, requerirá de una solicitud de desembolso al Banco de la República, suscrita por el Tesorero General de la República y refrendada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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