Micelio

Artículo 5

Decreto 855 de 1994 · por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 80 de 1993 en materia de contratación directa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Los contratos que se realicen para ejecutar los gastos a los que se refiere el

Parágrafo 2

o. del artículo 64 de la ley 104 de 1993, así como aquellos que de acuerdo con la ley tengan carácter reservado, se celebrarán directamente, y por su naturaleza, no se publicarán en el Diario Oficial o Gaceta Oficial correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 855 de 1994