º El artículo 1º del Decreto 2632 de 1988, quedará así: "Artículo 1º Las normas de este Decreto, con las excepciones en él indicadas, se aplican a los empleados oficiales de los ministerios, departamentos administrativos, unidades administrativas especiales, superintendencias, establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta asimiladas al régimen legal aplicable a las empresas industriales y comerciales del Estado, del orden nacional, así como a los miembros de las juntas o consejos directivos o superiores de entidades descentralizadas del orden nacional que tengan la calidad de empleados oficiales".
Decreto 838 de 1989 →Vigente
Artículo 1
Decreto 838 de 1989 · DECRETO 838 DE 1989, 24/04/1989, Por el cual se modifica el Decreto 2632 del 21 de diciembre de 1988.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.