Derogado
TEXTO CORRESPONDIENTE A
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 351.Créanse dentro de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, los siguientes cargos:
84 Defensores de Familia, código 3125, grado 10.
60 Secretarios, código 5140, grado 10.
70 Profesionales Universitarios, código 3020, grado 06.
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar destinará los cargos a que se refiere el presente artículo, al cumplimiento de las funciones establecidas en este Código. El Director General podrá distribuir los cargos de acuerdo con las necesidades del servicio.
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JURISPRUDENCIA
Artículo 351. Créanse dentro de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, los siguientes cargos:
84 Defensores de Familia, código 3125, grado 10.
60 Secretarios, código 5140, grado 10.
70 Profesionales Universitarios, código 3020, grado 06.
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar destinará los cargos a que se refiere el presente artículo, al cumplimiento de las funciones establecidas en este Código. El Director General podrá distribuir los cargos de acuerdo con las necesidades del servicio.
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