El Juez para señalar la remuneración tendrá en cuenta
Valor de los bienes salvados, y
El esfuerzo de quienes han prestado la asistencia o el salvamento, el peligro corrido por la embarcación asistida, por sus pasajeros y tripulantes y su cargamento, los riesgos corridos por los salvadores y por la embarcación asistente; el tiempo gastado, los daños sufridos y los gastos efectuados, el valor del material expuesto por los salvadores, habida cuenta de la disposición más o menos apropiada de la embarcación asistente o salvadora, y el buen resultado de la operación.