Para efectos de la tripulación de las embarcaciones fluviales se establecen los siguientes cargos
Para embarcaciones menores: Marinero de embarcaciones menores. Motorista de embarcaciones menores. Maquinista de embarcaciones menores. Timonel de embarcaciones menores.
Para embarcaciones mayores: Marinero. Aprendiz de Piloto. Contramaestre. Timonel. Maquinista de segunda. Maquinista de primera. Piloto de segunda. Piloto de primera. Capitán de tercera. Capitán de segunda. Capitán de primera. Capitán diplomado.