Para matricular una embarcación fluvial deberán cumplirse los siguientes requisitos
Presentar ante la respectiva Intendencia, Inspección Fluvial o dependencia autorizada, copia autenticada del documento que acredite la propiedad de la embarcación, en el que conste el nombre, dimensiones y características de la embarcación. Se exceptúan las embarcaciones de propiedad de entidades públicas.
Cuando la embarcación sea nueva, y el solicitante sea el constructor, que pueda presentar la solicitud para sí o para otro, anexará certificación expedida por la autoridad fluvial competente en que conste el otorgamiento de la licencia de construcción o la prueba de la entrega material de la embarcación.
Si el solicitante no es el constructor, presentará el título de propiedad de la embarcación, la cual se registrará en la Intendencia, Inspección Fluvial o dependencia autorizada del puerto en que se va a matricular la embarcación, y
Al matricular una embarcación de construcción nueva se presentará certificación expedida por la autoridad fluvial del puerto del lugar donde se encuentra el astillero o persona que la construyó, acerca de la existencia de la hipoteca. Si existiere gravamen, se inscribirá en la matrícula.