Contrato de Transporte es aquel en que una de las partes se obliga con la otra, a cambio de un precio, a conducir de un lugar a otro por determinado medio y en el plazo fijado, personas, animales o cosas y a entregar éstos al destinatario. El contrato de transporte se perfecciona por el solo acuerdo de las partes y se aprueba conforme a las reglas legales. También podrá perfeccionarse por simple adhesión. En todo caso el contrato de transporte deberá cumplirse de acuerdo con las disposiciones legales y los reglamentos.
Decreto 2689 de 1988 →Vigente
Artículo 25
Decreto 2689 de 1988 · DECRETO 2689 DE 1988, 29/12/1988, Por el cual se reforma el Estatuto Nacional de Navegación Fluvial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.