Decreto 651 de 1988 · DECRETO 651 DE 1988, 13/04/1988, Por el cual se reglamenta la expedición de licencias de locución para radiodifusión sonora y televisión y se modifica el Consejo Asesor de Locución.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Las asociaciones gremiales de personas que en forma habitual ejerzan algunas de las actividades propias de la locución, deberán registrarse en el Ministerio de Comunicaciones, para lo cual presentarán los siguientes documentos
1.
Un ejemplar autenticado del DIARIO OFICIAL, en el cual se haya publicado el reconocimiento de la personería jurídica.
2.
Lista de los afiliados actualizada anualmente, con indicación de sus respectivas licencias.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.