Funciones del Presidente . Como consecuencia del cambio de naturaleza, el Presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos - ANH, cumplirá las siguientes funciones
Dirigir, orientar, coordinar, vigilar y supervisar el desarrollo y ejecución de las funciones a cargo de la Agencia.
Dirigir las actividades administrativas, financieras y presupuestales requeridas para el desarrollo de la misión de la Agencia.
Ejercer la representación legal de la Agencia.
Ejercer la facultad nominadora, con excepción de los que corresponda a otra autoridad.
Dirigir y promover la formulación de los planes, programas y proyectos relacionados con el cumplimiento de las funciones de la Agencia.
Apoyar al Ministerio de Minas y Energía y demás autoridades competentes en los asuntos relacionados con las comunidades, el medio ambiente y la seguridad en las áreas de influencia de los proyectos hidrocarburíferos.
Adoptar las reglas y directrices internas necesarias para el funcionamiento y prestación de los servicios de la Agencia, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes.
Fijar los precios de los hidrocarburos para efectos de la liquidación de regalías.
Ejecutar y evaluar las estrategias de promoción nacional e internacional de la exploración y explotación de hidrocarburos.
Proponer al Consejo Directivo las medidas encaminadas al adecuado abastecimiento de la demanda nacional de hidrocarburos.
Apoyar a la Unidad de Planeación Minero Energética en la preparación de estudios e investigaciones que permitan establecer los requerimientos de oferta y demanda de los hidrocarburos.
Preparar y presentar para aprobación al Consejo Directivo el anteproyecto de presupuesto de la Agencia y las modificaciones al presupuesto aprobado, con sujeción a las normas sobre la materia.
Distribuir los empleos de la planta de personal de acuerdo con la organización interna y las necesidades del servicio.
Distribuir entre las diferentes dependencias de la Agencia las funciones y competencias que la ley le otorgue a la entidad, cuando las mismas no estén asignadas expresamente a una de ellas.
Crear y organizar con carácter permanente o transitorio comités y grupos ¡nternos de trabajo.
Ordenar los gastos y celebrar los contratos de la Agencia que se requieran para el cumplimiento de sus funciones.
Celebrar los contratos de exploración y explotación de hidrocarburos.
Administrar y disponer de los bienes muebles e inmuebles que pasen al Estado por terminación de los contratos y convenios de exploración y explotación suscritos o que suscriba la Agencia Nacional de Hidrocarburos, o por reversión de concesiones vigentes.
Presentar al Consejo Directivo, con la periodicidad que este determine, los informes sobre el cumplimiento de las funciones a cargo de la Agencia y las propuestas para el mejor desempeño de las mismas.
Convocar al Consejo Directivo y asistir a sus reuniones ordinarias y extraordinarias.
Implementar, mantener y mejorar el sistema integrado de gestión institucional de la Agencia.
Ejercer la función de control interno disciplinario en los términos de la ley.
Las demás que se le asignen.