Funciones de la Dirección de Pensiones y otras prestaciones . Son funciones de la Dirección de Pensiones y otras prestaciones las siguientes
Apoyar y coordinar la definición de los mecanismos de afiliación y registro de afiliados del Sistema General de Seguridad Social Integral y de los aportes parafiscales.
Preparar los estudios y análisis necesarios para la participación del Ministerio en la Comisión Intersectorial que se cree para los temas relativos a las pensiones y beneficios económicos.
Realizar el seguimiento sobre la aplicación de las políticas y metas de aseguramiento del Sistema General de Pensiones y de los servicios complementarios, en coordinación con las instancias pertinentes.
Orientar, desarrollar e implementar las políticas de financiamiento del Sistema General de Pensiones a cargo del Ministerio y adelantar el seguimiento y evaluación de las metas financieras y de gestión del mismo.
Analizar y proponer las acciones y recomendaciones relacionadas con la regulación y funcionamiento de las entidades responsables del aseguramiento en el Sistema General de Pensiones y otras prestaciones.
Establecer directrices a las entidades suprimidas o liquidadas en relación con los mecanismos para la administración de las obligaciones pensionales y su entrega al Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional o quien haga sus veces.
Ejercer como dependencia de enlace y seguimiento del desarrollo de los convenios de Seguridad Social en materia pensional.
Promover la afiliación y ampliación de coberturas a los programas del Sistema General de Pensiones y otras prestaciones.
Definir los procesos relacionados con el sistema de afiliación, registro y control del Sistema General de Pensiones, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y entidades competentes.
Conceptuar sobre las solicitudes de Normalización Pensional y cumplir los demás trámites relacionados con las mismas.
Emitir conceptos técnicos en materia de pensiones y beneficios económicos.
Prestar asistencia técnica en los temas a su cargo.
Proponer lineamientos de política para la administración y uso de los recursos del Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional y del Fondo de Solidaridad Pensional.
Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.
Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.