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Artículo 14

Funciones De La Subdirección De Análisis, Monitoreo Y Prospectiva Laboral

Decreto 4108 de 2011 · por el cual se modifican los objetivos y la estructura del Ministerio del Trabajo y se integra el Sector Administrativo del Trabajo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Subdirección de Análisis, Monitoreo y Prospectiva Laboral. Son funciones de la Subdirección de Análisis, Monitoreo y Prospectiva Laboral, las siguientes

1.

Realizar, en coordinación con las entidades competentes, el seguimiento de las políticas en materia de generación y formalización del empleo en los diferentes sectores de la economía, a nivel nacional, regional y local.

2.

Elaborar investigaciones y estudios para la formulación de políticas, planes, programas y proyectos en materia de trabajo y empleo, en coordinación con las áreas misionales del Ministerio.

3.

Orientar y participar en la promoción y difusión de investigaciones y estudios orientados al fortalecimiento y mejoramiento de la calidad y la pertinencia de la formación para el trabajo.

4.

Coordinar, con el Departamento Administrativo de Estadística, DANE, la realización de encuestas de oferta y demanda laboral y, fomentar el flujo de información entre las dos instituciones, considerando las normas sobre reserva estadística, a través de acuerdos de cooperación técnica.

5.

Desarrollar, en coordinación con las entidades competentes, un sistema de pronóstico de necesidades de fuerza de trabajo que permita realizar procesamiento y análisis de información sobre la situación, cambios y prospectiva en la dinámica de la oferta y demanda laboral y, las necesidades de formación de competencias laborales en el corto, mediano y largo plazo.

6.

Fomentar la construcción de sistemas de información y esquemas de recolección primaria de información que permitan hacer monitoreo al comportamiento de la oferta y demanda laboral.

7.

Apoyar el seguimiento y evaluación a los planes y programas de trabajo y empleo ejecutados.

8.

Incentivar la creación, coordinación y articulación de observatorios del mercado de trabajo a nivel regional, prestar asistencia técnica para su desarrollo, en coordinación con la Oficina de Tecnologías de la Información - TIC y realizar seguimiento a su operación.

9.

Diseñar e implementar, en coordinación con las entidades competentes, metodologías de análisis de información sobre la gestión migratoria laboral.

10.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.

11.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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