Funciones de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales . Son funciones de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales las siguientes
Proponer los lineamientos y procedimientos básicos que deben seguirse en la identificación, formulación, ejecución y evaluación de programas y proyectos de cooperación internacional, tanto del Ministerio como del Sector Administrativo del Trabajo.
Fomentar acciones de cooperación internacional en coordinación con las dependencias del Ministerio y del sector.
Proponer las áreas prioritarias de cooperación, metodologías, criterios de selección y evaluación, y los términos de la cooperación técnica internacional, en los temas de competencia del Ministerio.
Recibir, analizar y consolidar los programas y proyectos de cooperación internacional del Ministerio del Trabajo y del Sector en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación.
Coordinar y evaluar la gestión de los asuntos relacionados con el cumplimiento de compromisos internacionales, en coordinación con las dependencias del Ministerio, y formular las recomendaciones para el mejoramiento de los resultados en esta materia.
Gestionar ante los organismos competentes las solicitudes que en materia de cooperación internacional presente el Ministerio y las entidades del Sector.
Evaluar, en coordinación con las entidades competentes, las implicaciones legales, fiscales, económicas y políticas de la adopción de acuerdos, convenios y tratados internacionales en materia de trabajo y empleo, pensiones, otras prestaciones, y los relativos a la promoción de la economía solidaria.
Realizar las acciones necesarias para apoyar y atender las relaciones con la Organización Internacional del Trabajo -OIT- y demás organismos internacionales en materia de trabajo y empleo, de conformidad con las directrices del Ministro y del Gobierno Nacional.
Realizar las acciones necesarias para apoyar y atender las relaciones con los organismos internacionales en materia de pensiones, otras prestaciones, y los relativos a la promoción de la economía solidaria.
Formular recomendaciones para la implementación de los tratados, convenios y acuerdos internacionales en materia de trabajo y empleo. 11 . Adelantar los estudios y análisis que se requieran para la aplicación de la política adoptada en materia laboral en el marco de los convenios internacionales. 12. Promover y hacer seguimiento al cumplimiento, a la operatividad y efectividad de los compromisos internacionales en materia de trabajo y empleo y formular las recomendaciones, en coordinación con las dependencias del Ministerio y las entidades competentes 13. Proponer las acciones, en coordinación con las entidades competentes, para la solución de controversias en materia trabajo y empleo, de acuerdo con los tratados, convenios y acuerdos internacionales. 14. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia. 15. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.