Micelio

Artículo 7

Decreto 2632 de 1988 · DECRETO 2632 DE 1988, 21/12/1988, Por el cual se dictan disposiciones sobre comisiones en el exterior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Antes de la autorización del Secretario General de la Presidencia de la República o de la junta o consejo directivo o superior, según el caso, las comisiones de servicio de los empleados oficiales del orden nacional, que tengan por objeto la asistencia a conferencias, congresos o reuniones de carácter internacional de organismos o entidades de las cuales Colombia haga parte, deberán ser autorizadas por el Ministro de Relaciones Exteriores. Las que tengan por objeto negociar o gestionar empréstitos requerirán de la autorización del Ministro de Hacienda y Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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