°. Facilidades para la construcción y reconstrucción de establecimientos institucionales y de servicios en las zonas afectadas. El término para el otorgamiento de licencias de construcción de establecimientos institucionales y de servicios que se localicen en zonas que son objeto de construcción, reconstrucción de viviendas afectadas por la calamidad, salvo de las edificaciones indispensables a las que se refiere la Ley 400 de 1997, será de 20 días hábiles, prorrogable hasta por 10 días mediante resolución motivada, por una sola vez, cuando la complejidad lo amerite.
Decreto 144 de 2011 →Inexequible
Artículo 1
Facilidades Para La Construcción Y Reconstrucción De Establecimientos Institucionales Y De Servicios En Las Zonas Afectadas
Decreto 144 de 2011 · por el cual se expiden algunas disposiciones para facilitar la actuación de las autoridades departamentales y municipales en la atención de los efectos generados por el Fenómeno de La Niña.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.