Micelio

Artículo 16

Decreto 2011 de 1973 · Por el cual se adopta la Definición del Valor de Bruselas, sus Notas Interpretativas y Explicativas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la determinación del Valor Normal en Aduana no son admisibles y por consiguiente deben incrementarse al precio pagado o por pagar, los descuentos o rebajas, entre los cuales se encuentran, especialmente, los siguientes

a)

Los concedidos únicamente a los representantes, agentes distribuidores, etcétera, en virtud de la vinculación comercial que les une con los proveedores;

b)

Descuentos circunstanciales;

c)

Descuentos sobre muestras;

d)

Descuentos por pago anticipado;

e)

Descuentos por retrasos en el plazo de entrega;

f)

Descuentos para compensar deficiencias en entregas anteriores;

g)

Cualquier otro tipo de descuento o reducción de precio que, por no tener carácter de generalidad y no concederse libremente a todos los compradores, pueda calificarse como especial o anormal. CAPITULO V Determinación del valor normal a partir del precio usual de competencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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