Para la determinación del Valor Normal en Aduana, son admisibles y por consiguiente no deben incrementarse al precio pagado o por pagar, los descuentos o rebajas concedidos con carácter de generalidad. Entre tales descuentos se encuentra, especialmente, los siguientes
Descuento por cantidad;
Descuento por nivel comercial;
Descuento por pago al contado o pronto pago;
Descuento de garantía;
Descuento estacional.