Micelio

Artículo 43

Decreto 1649 de 1991 · por el cual se establece el régimen disciplinario de los funcionarios de la Dirección General de Aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 43 . Vinculación de ausentes. Si el investigado se encuentra desvinculado de la entidad, suspendido del empleo, o evade la citación a la diligencia de vinculación, con tal fin se solicitará su presentación ante el investigador dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de expedición de la comunicación enviada por correo certificado a la dirección residencial que haya fijado en su hoja de vida, de acuerdo con el deber que a tal efecto le compete, adjuntando copia del auto que dispuso la apertura de investigación. Si transcurrido el término anterior, el investigado no compareciere, se tendrá como formalmente vinculado, dejando constancia de todo lo anterior en el expediente y se continuará la investigación hasta su culminación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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